dijous, d’octubre 7

Intervenció Llei violència de gènere

Ante todo desde ER agradecemos a los colectivos e individuales que han colaborado invirtiendo tiempo, esfuerzo y esperanzas en la presentación de enmiendas al proyecto de ley contra la violencia de genero.
Han sido sumamente interesantes las comparecencias ante la comision, maratonianas, de distintos expertos y representantes de distintos colectivos. Solamente lamentamos que por problemas de calendario no se han podido realizar todas las comparecencias solicitadas.
Esta ley, efectivamente ha despertado gran expectación, y creemos que ha sido uno de los proyectos en que la ciudadanía prácticamente se ha volcado a participar.

Se espera de la futura Ley que sea el detonante de un cambio en nuestra sociedad, un cambio que signifique el paso de una sociedad patriarcal, con una separación de papeles muy definida y donde la mujer ha tenido secularmente un papel secundario, hacia una sociedad, más igualitaria, más justa, más republicana.
Precisamente, cuando más mujeres avanzan en esta lucha hacia la paridad, hacia la plena igualdad, es cuando aumentan las expresiones violentas por parte de hombres que no están preparados para asumir este cambio.
Se espera de esta ley, a parte de una protección integral a las víctimas, un esfuerzo en todos los ámbitos formativos para cambiar las mentes de los futuros ciudadanos y ciudadanas, que se formen en el respeto a la diversidad y que posibilite a niñas y niños desarrollar sus potenciales en libertad.
Precisamente creemos que la urgencia en tramitar esta ley no será en su beneficio, las aportaciones de los distintos grupos hubieran merecido una discusión más profunda, es posible que debido a las prisas, algunas de las enmiendas que no se han considerado hubieran contribuido a mejorar la ley. No entendemos muy bien las razones por correr tanto en el trámite de esta ley, precisamente cuando los cambios que se proponen en los distintos ámbitos son cambios de profundidad que sus efectos son a medio y largo plazo.
Reconocemos, pero, el esfuerzo realizado para llegar al máximo de consenso, de las más de 50 enmiendas presentadas por ER, la mayoría han sido recogidas en el dictámen, ya sea directamente o incorporadas a enmiendas de otros grupos.
Las que no se han podido transaccionar por falta de tiempo se tramitaran en el Senado, como
La enmienda 358 donde propone medidas de acción positiva para fomentar la visión positiva de la mujer en los medios de comunicación, aumentar su visibilidad como miembro activo de la sociedad y protagonista de la historia de la humanidad.

Nos preocupaba en el texto original la poca participación de las CCAA. En Catalunya y Valencia los órganos con competencia exclusiva en políticas de igualdad son el Institut català de la dona y el Institut valencià respectivamente.
Varias enmiendas presentadas al texto original en este aspecto se han consensuado, con el resultado de un texto que contempla las competencias y establece la cooperación de las distintas CCAA y los órganos centrales del Estado.


Se han incorporado enmiendas de ER en el ámbito sanitario, en la garantía de los derechos de las víctimas, esencialmente en el artículo 15, del derecho a la asistencia social integral, que ha sido sustancialmente mejorado. Este capítulo es sumamente importante ya que sin el apoyo solidario de la sociedad las mujeres victimas de violencia de género no serán capaces de afrontar su situación y liberarse.
En asistencia jurídica se ha admitido nuestra enmienda en cuanto a la inmediatez de la gratuidad de la defensa jurídica.
Otra enmienda admitida que considerábamos importante era la inclusión de derechos laborales para las mujeres trabajadoras por cuenta propia.

Lamentablemente, no se han podio incluir en este capítulo las mujeres trabajadoras por cuenta ajena sujetas a regimenes especiales. Precisamente es un colectivo económicamente muy vulnerable al que deberá prestarse atención no solamente en los casos de violencia de genero sino en general cuando se revise la legislación laboral.
Una enmienda que hemos presentado todos los grupos pero que a pesar de esto hemos retirado es el límite de 55 años para recibir ayuda en forma de pago único. Entendemos las razones presupuestarias aunque no renunciamos en un futuro a mejorar las prestaciones sociales.
Esta ley ya supone un encomiable esfuerzo presupuestario, pero a nuestro criterio es necesario para conseguir nuestro objetivo de erradicar la violencia de género. Es más no lo consideramos un gasto sino una inversión de futuro.

Así de las enmiendas presentadas, presentamos a votación las enmiendas 349, 362 y 378.

La 349 de adicionse refiere al
Artículo 4.

Se propone añadir un apartado 7 en los siguientes términos:

“7. Las Universidades incluirán y fomentarán en todos los ámbitos académicos la formación, docencia e investigación en igualdad de género y no discriminación, de forma transversal”

El artículo 4 del Proyecto de Ley hace referencia a la educación primaria, secundaria y formación de adultos pero se olvida de la Universidad.
La Universidad es un ámbito de actuación importante, porque no es el paradigma de igualdad. Diferentes estudios denuncian situaciones de marginación, diferencia de trato, de discriminación, dentro de la Universidad.
Teniendo en cuenta que en la Universidad van a formarse importantes dirigentes de la sociedad – política, económica y social – es de máxima relevancia que se tenga en cuenta el ámbito universitario no solamente en la docencia, sino también en la necesidad de investigación.

La 362 se refiere al artículo 12, es una enmienda de adición.
se propone el texto: La Comisión contra la violencia de género del Consejo Interterritorial del Sistema de Salud estará compuesta por representantes de todas las Comunidades Autónomas con competencia en la materia”
en el artículo 12 la ley prevé la constitución en el seno del Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud , de una Comisión contra la violencia de género, pero no se establece la composición de dicha comisión. :
Sanidad es una competencia compartida, correspondiendo a la Generalitat catalana y valenciana, el desarrollo ejecutivo y la ejecución de la legislación básica del estado en materia de sanidad y el Govern de les Illes Balears, tiene como competencia exclusiva la sanidad e higiene y el desarrollo legislativo y ejecución de la coordinación hospitalaria incluida la competencia exclusiva sobre fomento de la mujer, consideramos suficiente argumento para regular que necesariamente la composición de la Comisión constituida dentro del Consejo Interterritorial del Sistema de Salud debe contar con representantes de todas las nacionalidades y comunidades autónomas con competencia en la materia

La 378
Proponemos una enmienda de sustitución al artículo 26.1, en el que se regula la constitución del Observatorio Nacional de la Violencia.
Proponemos sustituir nacional por estatal. Ya que el Estado Español está constituído por diferentes naciones, creemos que un órgano adscrito al Ministerio de Trabajo con funciones de colaboración institucional es más adecuado el adjetivo estatal.
Nuestro voto será favorable a este dictamen.
Es más creemos que es un paso importante, este Ley Integral esta siendo observada con interés desde otros países, ya que la violencia de género, desgraciadamente afecta a todos los países de la Unión Europea, y el Estado Español está siendo pionero y posiblemente modelo para otros países.
Nuestro grupo ha querido ser partícipe de este proyecto, que posiblemente es mejorable, he mencionado que hubiéramos deseado debatir más en profundidad, también entendemos que no nos podemos entretener mucho, la terrible situación de las víctimas calladas necesitan que los mecanismos previstos por la ley se pongan en marcha cuanto antes.
Nuestro voto es un voto de confianza al grupo proponente, esperemos que no nos defrauden, no tanto a nosotros como grupo parlamentario sino a todas las mujeres que trabajan para una sociedad más justa, más libre.


Madrid, 7 d’octubre de 2004

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